Programa Nacional de Observadores (PNOV)

No obstante que la Fundación, como anteriormente fue señalado, tendrá una serie de actividades de seguimiento para acopiar información válida para el sector en general, este programa en particular pretende coadyuvar al proceso de toma de decisiones de la Administración Pesquera, que institucionalmente corresponde al Ministerio de la Producción y el Comercio a través del Servicio Autónomo de los Recursos Pesqueros y Acuícolas.

En tal sentido: El Programa Nacional de Observadores tendrá un perfil propio dentro de la organización y es fundamentalmente estructurado bajo un marco técnico-científico y bajo un esquema de estrecha coordinación con el organismo de la Administración Pesquera SARPA, de investigación como: Universidad Central de Venezuela (UCV), Fondo Nacional de Investigaciones Agropecuarias (FONAIAP), Universidad de Oriente (UDO), Fundación La Salle (FLASA), Universidad de Baja California de México y National Marine Fisheries Service de Estados Unidos y de forma muy especial por las características del programa con la Comisión Interamericana del Atún Tropical como ente que lleva adelante el Programa Internacional.

La flota cerquera atunera venezolana, ha venido participando desde el año 1992 en el Programa Internacional de Observadores, que tiene su fundamento en el Acuerdo de La Jolla.

En abril de 1992, los países participantes de la pesquería de túnidos en el Océano Pacifico Oriental (OPO) realizaron una reunión especial en La Jolla, California, bajo los auspicios de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) donde se aprobó una resolución sobre la creación de un programa multilateral para reducir el número de delfines muertos por la pesquería de cerco en el OPO. Este se ha denominado Acuerdo de La Jolla, el cual se propone llevar adelante acciones que permitan hacer compatible la pesca de atún aleta amarilla adulto con la protección de los delfines.

En el mencionado acuerdo se detallan las obligaciones y procedimientos entre los Gobiernos y la CIAT y se establece el llamado Límite de Mortalidad de Delfines (LMD) para las embarcaciones mayores de 400 toneladas cortas de acarreo (capacidad de bodega).

El numeral 12 del mencionado acuerdo estipula lo siguiente: “Requerirán que barcos de capacidad de acarreo superior a 400 toneladas cortas bajo su jurisdicción que faenan en el OPO lleven un observador durante cada viaje de pesca en 1993. Un mínimo de 50 por ciento de éstos observadores, serán del programa de observadores de la CIAT”.

Bajo esa plataforma y previa aprobación del sector gubernamental, la Fundación formará parte de los mecanismos que son necesarios instrumentar para desarrollar el Programa Nacional de Observadores (PNO), que tiene su fundamento en el Acuerdo de La Jolla y que se remite, en los mismos términos, al actual Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines, en vigor desde el 15 de febrero de 1999 y del cual Venezuela es miembro de pleno derecho luego de su ratificación.